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Comunicado Sindicato N°1 - Ayuda al socio por fallecimiento familiar

Publicado el 14-01-2021 por Directiva


Estimadas Socias y Socios,

Junto con saludarles, queremos comunicar a Uds. sobre nuestro beneficio “Ayuda al socio por fallecimiento familiar” (cuota mortuoria), aporte que se entrega por el lamentable fallecimiento de cónyuge, hijos y padres del socio. Este consiste en una cuota adicional que cada uno de nosotros realizamos cuando ocurre el evento que fluctúa de $3.000 a $3.500 aproximadamente para cubrir el beneficio de $1.300.000.


Fallecimiento de cónyuge:

En el caso de fallecimiento se otorgará este beneficio, sólo por una vez.


Fallecimiento en el caso de unión civil:

En el caso de fallecimiento se otorgará este beneficio, sólo por una vez.

Aplica sólo fallecimiento por cónyuge o unión civil, por única vez, es válido sólo uno de los dos.


Fallecimiento de hijos:

Se otorga este beneficio para cada hijo fallecido del socio, mientras sean cargas legales de éste (18 – 24 años, mientras están estudiando).

Hijos con capacidades diferentes, que tengan dependencia de los padres (Síndrome de down, autismo) sin edad límite.


Padres y madres del socio:

se paga a cada socio por el fallecimiento de sus padres.

Si existen socios hermanos en el Sindicato, cada socio recibe este beneficio.



Estos beneficios comienzan a regir a contar del 01 de enero del 2021.

Todo lo anterior con documentación que se exige para el otorgamiento del beneficio (Certificados de nacimiento del socio/as y certificado defunción del familiar)




Les saluda,

Directiva Sindicato Nro.1

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